LEY DE TELETRABAJO Y SUS NUEVOS RETOS ECONÓMICO-FISCALES.
Las recientes obligaciones para el trabajo desde casa (home-office) conllevarán a un gran reto fiscal.
Entre estos retos, se advierte la forma en que se adjudicarán los costos que cause la compensación a los trabajadores por los servicios de electricidad y telecomunicaciones, y a su vez la manera en que efectúen las retribuciones.
De acuerdo con Armando Leñero, presidente del Centro de Estudios para el Empleo Formal (CEEF), las novedades publicadas para el home-office, son provechosas y claras en su aspecto general, sin embargo aún hay aspectos indeterminados, como por ejemplo de qué manera los patrones podrían deducir gastos relacionados con la compra de equipo y el pago de servicios de internet, que deberán hacer y que los obliga la reforma misma.
“Algo que faltó es, describir cómo se va a hacer la compensación al trabajador por estos ingresos sobre la luz, o internet, ya que no se debe de considerar como un ingreso gravable del trabajador, en sí es un costo del mismo trabajo; para el patrón, este gasto debe de ser deducible al cien porciento, es menester mencionar que falta ajustar las leyes fiscales o la realización de una miscelánea para definir de qué manera deberá hacerse este ingreso y esta deducción”, -explicó Leñero.
A su vez mencionó Leñero que, si se reporta la compensación como un ingreso, esto podría conllevar al incremento del pago del ISR del trabajador o repercutiría en un mayor salario base, lo cual incrementaría la seguridad social y representaría un gasto mayor para las empresas.
Asimismo el titular del CEEF señaló que proporcionar herramientas, así como computadoras y sillas implica una parte bastante fácil de cumplir, pero, aún falta determinar la manera de calcular la compensación por internet y luz.
Ahora bien, es menester recordar que de acuerdo con la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación, más de un cuarenta porciento de los días laborales a distancia deberán apegarse a la nueva normativa.
Además es necesario precisar las obligaciones que aplicarán en caso de que el trabajador pida voluntariamente trabajar a distancia, inclusive aunque éste tenga un centro de trabajo apto para desempeñar sus labores.
Carga patronal |
Entre las medidas que la reforma al home-office considera, una de ellas es el cumplimiento de la seguridad social a los trabajadores a distancia, lo cual implica el pago de una serie de cuotas. |
-Obligaciones patronales respecto a la seguridad social:
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